viernes, 28 de octubre de 2011

Emperador Caracalla

Marco Aurelio Antonino Bassiano De carácter sanguinario hizo asesinar a miles de personas durante su reinado. En la historia Augusta de Herodiano se afirma que "en Roma hubo mucha carnicería, aquí y allá, muchos fueron arrebatados y muertos por la soldadesca, como si se reprimieran sublevaciones".
Por lo que es más conocido Caracalla es por su edicto Antonino o constitución antoniana, que concedía la ciudadanía romana a todos los ciudadanos del imperio, a excepción de los Dedicticii (categoría que no se sabe a quien incluía), según Dión Cassio la promulgación en el año 212 de este edicto llevaba fines fiscales para poder así recaudar más impuestos.
Si sumamos a esto que el emperador aumentó las tasas de los ciudadanos, las annona de los campesinos y la catitatio de los dediticii y que fue muy ahorrativo en fiestas y festejos, la política fiscal seguida por Caracalla durante su reinado hizo que a su muerte dejara la economía del tesoro imperial en excelentes condiciones.

Constitución Antoniana ó Edicto de Caracalla, por el que se concedía la ciudadanía romana a todos los habitantes del Imperio, si bien, según el historiador Dión Casio, fue debido a las dificultades económicas que atravesaba el mismo. Los súbditos no ciudadanos estaban exentos de pagar impuestos, no así cuando se convertían en romanos.

CONCESION DE CIUDADANIA DE ANTONIO CARACALLA (218 D.C. - 312 D.C.) A QUIENES: Caracalla concede la ciudadanía romana (constitución antoniana 212 D.C.) a todos los habitantes libres del Imperio excepto a los Dediticci (Bárbaros que habían ingresado al Imperio, esclavos con delitos graves manumitidos)
MOTIVOS: Caracalla lo hace por motivos fiscales aumentando los sujetos afectos a tributo.
CONSECUENCIAS: Importó la igualación jurídica de los habitantes libres del Imperio. Teóricamente desde ese momento existió un solo derecho en el Imperio el Derecho Romano. En la práctica la constitución antoniana no logró hacer desaparecer los ancestros, costumbres, hábitos, autonomías locales y el resultado fue la provincialización del derecho romano. Se incorporan al derecho romano instituciones indígenas, costumbres locales, adaptación a las circunstancias locales. Emergiendo un derecho romano provincializado que dará origen a un derecho romano vulgar.

La coronación de esta política es el famoso edicto de caracalla, o constitución antoniana de 212, mediante el cual el emperador otorgo a todos los peregrinos “el derecho de la ciudadanía romana” inspirad por un universalismo de origen estoico, y probablemente también por consideraciones fiscales, esta medida tuvo como efecto principal colocar a todos los habitantes del imperio en pie de igualdad frente a la soberanía del emperador, sin embargo, no uniformo la aplicación del derecho romano, ya que una cláusula de salvaguarda permitía a los nuevos ciudadanos conservar, mientras lo desearan, su propio derecho privado y quizá, incluso, su organización administrativa local. Se puede sin duda admirar el realismo y el espíritu de tolerancia de los emperadores romanos que lograron conciliar –fenómeno bastante raro- una política de unificación del Imperio metódicamente elaborada, con el respeto a los particularismos y con el mantenimiento de un cierto pluralismo jurídico. 

No hay comentarios:

Publicar un comentario